🏖️ ¿𝐏𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚 𝐝𝐞𝐬𝐜𝐨𝐧𝐭𝐚𝐫 𝐝𝐞𝐥 𝐟𝐢𝐧𝐢𝐪𝐮𝐢𝐭𝐨 𝐥𝐚𝐬 𝐯𝐚𝐜𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐝𝐢𝐬𝐟𝐫𝐮𝐭𝐚𝐝𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐦á𝐬 𝐬𝐢 𝐮𝐧 𝐭𝐫𝐚𝐛𝐚𝐣𝐚𝐝𝐨𝐫 𝐜𝐚𝐮𝐬𝐚 𝐛𝐚𝐣𝐚?

El final de una relación laboral suele ir acompañado de una pregunta habitual en departamentos de RRHH y asesorías:

👉 “Si el trabajador se va antes de terminar el año, ¿podemos descontarle las vacaciones que ya ha disfrutado y que no le correspondían proporcionalmente?”

La respuesta no es tan sencilla como parece, y depende en gran medida del tipo de baja — si es voluntaria o por despido — y de la jurisprudencia aplicable.

➡️ Si la baja es voluntaria (el trabajador se va por decisión propia):
La mayoría de los tribunales admiten que la empresa puede descontar del finiquito los días disfrutados en exceso, ya que el trabajador es quien rompe el vínculo laboral antes de tiempo.
➡️ Si el contrato termina por despido (decisión de la empresa):
En estos casos, la jurisprudencia suele ser más protectora con el trabajador.
Si la empresa autorizó el disfrute de las vacaciones, no puede luego exigir su devolución ni descontarlas del finiquito. (El TSJ de Canarias, en varias resoluciones, ha señalado que las vacaciones disfrutadas con consentimiento del empleador no pueden considerarse un anticipo indebido si la empresa decide posteriormente despedir al trabajador).

📌 Conclusión: La posibilidad de descontar vacaciones disfrutadas de más no está resuelta de forma uniforme por los tribunales. La postura más prudente y garantista —tanto jurídica como reputacionalmente— sería no practicar el descuento cuando la decisión de extinguir el contrato parte de la empresa, salvo que exista una base expresa en convenio o pacto contractual que lo prevea.

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